domingo, 20 de septiembre de 2009

Coca Nasa: no es Mata que Mata, sino Planta de Vida

Coca Nasa es un proyecto económico generado por comuneros indígenas Nasa, pertenecientes al resguardo de Calderas, en la zona de Tierradentro, Cauca en Colombia. Es una iniciativa que surge de la necesidad de mostrar a la sociedad mayoritaria que los pueblos indígenas tienen en la hoja de Coca un valor cultural de la mayor importancia, que es una planta que puede ser industrializada dados los enormes beneficios que tiene como alimento y como planta medicinal ancestral, cuyo uso intensivo no se limita a los pueblos indígenas, sino que se extiende en sectores campesinos y urbanos de buena parte del subcontinente.


El uso de la hoja de Coca tiene un amplio historial de uso en las sociedades de la América Andina y Amazónica, tanto en las grandes civilizaciones amerindias como en las sociedades que se constituyen durante y con posterioridad a la invasión y colonización española. La hoja de Coca es descrita por los cronistas españoles como una planta maravillosa que los indígenas aprecian más que el oro y la plata y su uso no se limitó a la práctica tradicional del mambeo, sino que hizo parte de la farmacopea de generaciones enteras que encontraron en ella alivio a diferentes dolencias, desde la cura la los dolores estomacales hasta la aplicación de emplastos para tratar dolencias de tipo inflamatorio y dolores propios de enfermedades asociadas al aparato musculo esquelético.

El uso amplio que se hace de la hoja de Coca, enfrenta todo tipo de limitaciones, desde las del fanatismo religioso que decide, desde 1.617, en cabeza de la iglesia católica, que acompaña las acciones de expoliación de la corona española, que la Coca es el talismán del diablo, hasta la legislación internacional que fundada en un concepciones moralistas y raciales, señala que esta planta es la responsable del atraso social y económico que padecen los pueblos aborígenes al ser consumida cotidianamente por sus integrantes.

Pese a lo anterior la industrialización y reconocimiento de la hoja de Coca se hace en Europa luego de que Albert Nieman alrededor de 1860, sintetizara el clorhidrato de cocaína a partir de la sustancia metil ecgonina presente en ella. El padre del sicoanálisis Sigmund Freud publica un estudio que demuestra las propiedades favorables del clorhidrato de cocaína, por lo que fue común que posteriormente e incluso hasta nuestros días se generalizara una inadecuada comparación entre hoja de Coca y clorhidrato de cocaína, como si fueran una sola sustancia e incluso que la primera fuera una versión suave de esta última pero con los mismos efectos, lo cual por supuesto ha sido desdeñado por los estudios diversos que se han hecho de la planta.

La producción masiva de alimentos de hoja de Coca se reconoce a partir del vino Marianni, que tuvo una importante recepción entre las poderosas élites eclesiales y políticas de los regímenes monárquicos que detentaban el poder por la época, en la década de 1880. Con posterioridad surgen otros alimentos, pero en especial bebidas que finalmente tienen su culmen en la conocida Coca Cola, que luego de la persecución legal que se hace desde organismos multilaterales reemplaza el clorhidrato de cocaína por hojas de Coca, de las cuales extrae un saborizante que sigue siendo usado a la fecha. Paradójicamente en medio del clima de persecución en contra de las hojas de Coca y en especial de su uso por los pueblos indígenas, se expide un tratado multilateral que permite el comercio de hojas de Coca para una específica actividad industrial, como es la obtención de una sustancia saporífera, [1] que claramente establece esa posibilidad con el ánimo de favorecer la empresa en cuestión.


La experiencia colombiana de Coca Nasa.

En el contexto expuesto surge la iniciativa de los indígenas Nasa del Resguardo Indígena de Calderas con objeto de desvirtuar no solamente la falacia propagandística que equipara hoja de Coca con clorhidrato de cocaína y claro la recuperación de su uso masivo, sino también generar un proceso productivo sostenible que mostrara la posibilidad que tienen las comunidades indígenas de plantear proyectos y llevarlos a efecto en el marco de procesos autonómicos y de reivindicación política.

Vale la pena mencionar que el momento político en el que se lanza la iniciativa no es el más favorable, pues en Colombia se discutía una propuesta de los Estados Unidos, para hacer una experiencia de guerra biológica con la introducción del hongo fusarium oxysporum, que sería un agente biológico a usar contra los cultivos de hoja de Coca en medio de la gran diversidad de flora y fauna con que cuentan las regiones geográficas en las cuales existen cultivos de Coca. Esto por supuesto significaba la violación de convenciones que prohíben el uso de armas biológicas y un grave atentado contra los enormes recursos de la biodiversidad que existen en Colombia, por fortuna esta propuesta no se llevó a cabo o al menos no se hizo público y masivamente.

Ocurrían también las conversaciones de paz con el grupo insurgente más numeroso e importante y en medio del diálogo se mantenían las hostilidades bélicas y el fortalecimiento militar de las partes, el gobierno colombiano acepta la iniciativa de intervención de los Estados Unidos, que se conoció posteriormente como Plan Colombia, que también utilizaba como excusa de intervención la supuesta lucha contra el narcotráfico, que en resumidas cuentas es la persecución de los cultivadores y no del negocio del narcotráfico, lucha que por lo demás ha demostrado su absoluto fracaso .

No existía para la época en Colombia ninguna experiencia de comercialización o industrialización de alimentos de hoja de Coca y las autoridades negaban que fuera posible hacer legal este comercio o producción, sin embargo la tozudez de sus promotores encontró en la avanzada pero inaplicada legislación que genera la discriminación positiva a favor de los pueblos indígenas, los instrumentos para que fuera posible que las autoridades indígenas expidieran las autorizaciones sanitarias, los permisos para la movilización de hoja de Coca y la producción misma de los diferentes alimentos que luego se elaboraron. Sobre este punto queremos avanzar un poco para hacer el nodo central de esta exposición y señalar posibles rutas a otros pueblos y comunidades.
La legislación colombiana prevé que es ilícito el cultivo de una cantidad superior a las 20 plantas de Coca, sin embargo deja abierta la posibilidad de que los pueblos indígenas puedan tener cantidades superiores a este número en virtud de sus necesidades culturales, como son el mambeo, utilización como planta medicinal y en los rituales sagrados.

El respeto y reconocimiento que hizo la Constitución Política de 1991 de la igualdad de las diferentes expresiones culturales propició que las de los pueblos indígenas se consideren patrimonio cultural de la Nación, de esta manera la hoja de Coca misma y su utilización cultural se convierte en parte del patrimonio colectivo. Las culturas diversas de los pueblos indígenas en Colombia son patrimonio de la Nación y ellas contienen una serie de prácticas y valores que se mantienen, por ejemplo sus sistemas económicos y las representaciones que se hacen de ellos.

Para muchos pueblos el comercio de la hoja de Coca es una práctica propia de su cultura y llegó a ser tan importante que la Coca se convierte en patrón base del intercambio que se representan en el trueque y en la explotación de la mano de obra indígena esta conserva esa relación en la medida que es forma de pago, lo cual a la postre permitió, en el caso colombiano, que terratenientes fuesen defensores del uso de la sagrada planta y evitaran que se reprimiera su consumo tradicional entre indígenas y campesinos.

Si a los puntos anteriores sumamos el hecho de que los indígenas cuentan con gobiernos propios que están reconocidos, gozan de una importante autonomía, garantías constitucionales y legales e instrumentos como los pactos multilaterales que permiten la posibilidad de crear normas y hacerlas cumplir, dar el paso siguiente como plantearse empresas que utilizaran la diversidad conocimientos sobre su patrimonio biológico a partir de la toma de una decisión consciente sobre estos aspectos, era simplemente un avance natural.

En el año 2002, luego de la negativa continua de las autoridades sanitarias nacionales a otorgar el llamado registro sanitario a alimentos provenientes de la hoja de Coca, una autoridad indígena decide expedir los registros sanitarios a los alimentos que estaban comercializando comuneros indígenas del resguardo de Calderas. Esto no tuvo en un principio rechazo por parte de las autoridades sanitarias estatales, por el contrario hubo pronunciamientos favorables y se rescató la iniciativa, en la medida que podía ser vista como una forma de atacar el uso ilícito de hoja de Coca en sitios de la geografía colombiana.

La iniciativa empresarial empieza a ganar simpatías y esto se traduce en ventas de los alimentos comercializados con el permiso sanitario que expidió la autoridad indígena, sucedió así durante al menos cinco años, luego viene el enfrentamiento con la empresa multinacional “The Coca Cola Company”, cuando se hace el registro marcario de la bebida energizante a base de hoja de Coca entera, COCA SEK. Inicialmente la mulnitancional pierde el derecho a cuestionar el uso de la palabra Coca en una bebida, al estar registrada una marca de bebidas con la inicial de ese nombre “Coca Cola”. Coincidiendo con estos hechos, unos meses después la autoridad sanitaria nacional decide restringir el alcance territorial de las autorizaciones sanitarias que expidió la autoridad indígena, por una parte la autoridad nacional se arroga competencias que no son suyas, pues decidir sobre el alcance de una norma, que por demás fue publicada en la gaceta oficial del estado, es competencia exclusiva de la jurisdicción contenciosa administrativa y por otra parte la decisión que toma es falaz en su enunciado, pues aduce que permanecen vigentes aspectos de la Convención contra las drogas de 1961, que fueron derogados expresamente en 1988, en especial lo relativo al respeto por las tradiciones culturales de los pueblos indígenas y a claros pronunciamientos del máximo tribunal constitucional que claramente reconoció y avaló los avances que en ese sentido hizo la Convención de 1988 y expresó que todas las medidas que se tomaran en la represión al tráfico de drogas, debían respetar los derechos de los pueblos indígenas.

Los logros

Los indígenas colombianos son una población minoritaria frente a la sociedad mayor, no alcanza a ser el 2% de la población, pero acumula un historial de resistencia ante la agresión y expoliación a la que ha sido sometida y este proceso de recuperación de la hoja de Coca hace parte de esa resistencia para seguir existiendo como pueblos, de esta experiencia se han obtenido entre otros los siguientes logros:

- Reconocimiento en la sociedad colombiana de la hoja de Coca y su valor gastronómico, medicinal y cultural.

- Desarrollo de las facultades administrativas y legislativas que la Constitución entregó a los pueblos indígenas.

- Apropiación del patrimonio biológico y el conocimiento sobre el mismso, en razón de que se avanza para evitar que grandes empresas ajenas a los pueblos indígenas utilicen la Coca sin autorización o sin pagar los derechos a los legítimos dueños de ese conocimiento.

- Se generó el antecedente de que una comunidad indígena pudo derrotar a una empresa multinacional por uso de nombres que le pertenecen a las primeras, con lo cual los pueblos de la Amazonía y los Andes americanos tienen un camino legal por explorar para evitar a futuro el uso de su patrimonio cultural y biológico sin el debido consentimiento.

- Coca Nasa se ha planteado como reto permanecer y crecer sin el apoyo económico de ninguna organización pública o privada, nacional o extranjera. Consideramos que el paternalismo es una condición que riñe con la autononía por la que luchan las organizaciones indígenas y al final envilece en una condición de doble vía, esto es para quien da y quien recibe, por ello Coca Nasa tiene ánimo de acumulación y en general el tener un capital de trabajo que permita potenciar su capacidad de difundir el mensaje y llegar materialmente a más consumidores de sus productos.

[1] Artículo 27 de la Convención de 1961: Las Partes podrán autorizar el uso de hojas de coca para la preparación de un agente saporífero que no contenga ningún alcaloide y, en la medida necesaria para dicho uso, autorizar la producción, importación, exportación, el comercio y la posesión de dichas hojas.



Por: Coca Nasa
Tomado de: nasaacin.org

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