domingo, 29 de marzo de 2009

[México] Manu Chao deportado

La Secretaría de Gobernación (Segob) inició una investigación contra Manu Chao por la presunta violación del Artículo 33 Constitucional, al señalar durante su participación en el Festival Internacional de Cine de Guadalajara que el conflicto en Atenco “es un terrorismo de estado”.

La dependencia informó que a través de la Subsecretaría de Gobernación, solicitó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y al Instituto Nacional de Migración (INM) “toda información relacionada con el estatus migratorio del cantante para ingresar a México”, además de la naturaleza del evento al que asistió y los pronunciamientos hechos durante el mismo.

“La investigación se hace para saber a qué vino (Manu), cuáles han sido sus palabras y en qué calidad entró al país”, dijo una fuente de la dependencia, que prefirió el anonimato.

Sin embargo, afirmó que la institución no hará ningún pronunciamiento al respecto ni sobre el estatus del cantante hasta que el análisis no concluya.

Y aunque el artículo constitucional en el que se basaría dicha investigación establece efectivamente que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”, también afirma que “queda prohibida toda discriminación motivada por su nacionalidad o las opiniones que emitan”.

La libertad de expresión es la generadora de la opinión pública, por lo que censurarla equivale a atentar contra los derechos universales de manifestar las opiniones y estar informados.

Cuando un Estado considera procedente imponer restricciones al ejercicio de la libertad de expresión, éstas no deberán poner en peligro ese derecho en sí mismo, según la Observación General número 10 del Comité de Derechos Civiles y políticos de la ONU.

Además el artículo 19 de la Declaración de la ONU de 1948 (organismo al que México está adscrito y que por lo tanto lo obliga a cumplir con el estatuto) establece que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión”.

Este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir información y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Por ello las opiniones que Manu Chao tenga sobre el conflicto de Atenco no violan la Constitución Mexicana, pues no se hicieron para atentar contra la dignidad humana ni pretenden menoscabar las libertades de otras personas, sino todo lo contrario.

El artículo 33 también señala que el poder Ejecutivo Federal tiene facultad de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo a todo extranjero que juzgue inconveniente.


Cortesía FICG
http://manuchao.com.mx/

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