martes, 9 de marzo de 2010

Fajardo en busca de la presidencia judicializa a la juventud en disidencia.

FAJARDO EN BUSCA DE LA PRESIDENCIA JUDICIALIZA A LA JUVENTUD EN DISIDENCIA.

AUDIENCIA DE ACUSACIÓN EN CONTRA DE JOVEN DEL MUNICIPIO DE LA CEJA POR ESCUPIR A FAJARDO

El lunes 8 de mayo a las 9 de la mañana se adelantó audiencia de acusación ante el juzgado SEGUNDO PROMISCUO de conocimiento del Municipio de LA CEJA, Departamento de Antioquia; en la cual se libró Acusación formal por la fiscalía 78 de este mismo Municipio, en contra del Joven CARLOS ANDRÉS PERÉZ MORENO quien es procesado por el delito de Injuria en contra de la persona de SERGIO FAJARDO actual Candidato Presidencial para los próximos comicios en Colombia a realizarse en el mes de Mayo de este año.

El día 21 DE ENERO el candidato presidencial se encontraba en el parque principal de este Municipio en una intervención publica, cuando se acerco CARLOS ANDRÉS quien sin intermediar palabra procedió a escupirlo; en ese momento fue retenido violentamente por personal de la policía nacional y escoltas del candidato y trasladado a la estación de policía, posteriormente puesto a disposición de un fiscal quien lo llevo ante el juez de garantías.

El joven CARLOS ANDRÉS, tiene 20 años de edad; es oriundo del mismo municipio y quien se dedica a la artesanía desde hace años, ha venido participando de manera activa desde hace algunos meses en procesos organizativos de jóvenes.

La RED JUVENIL DE MEDELLÍN, como organización que promueve, vela y exige los derechos humanos de la población juvenil acompaña este caso, y espera que las garantías procesales y los derechos fundamentales sean respetadas para este joven, e igualmente quiere dejar mención especial de lo siguiente:

* Casos como estos llaman especial atención al mostrar como la administración de justicia desgasta todo su aparato judicial en casos que realmente no tienen mayor importancia; cuando las verdaderas problemáticas y ejercicios de delincuencia que rodean de manera permanente a la mayoría de la población no son atendidas. Como puede ser posible que la administración de justicia se desgaste en un caso como estos?, mientras la impunidad y el vencimiento de los términos procesales se presentan con frecuencia en casos realmente graves.

* Llama especial atención este caso cuando da muestra de una absoluta celeridad y eficiencia de la administración de justicia; ¿cómo es posible que casos como estos cuenten con la mayor disposición de tiempo?; que la audiencia de juicio se presente en el menor tiempo posible, pues de unos hechos ocurridos 25 de enero del 2010 se cita para audiencia de acusación el 8 de marzo.

*
Como puede ser posible que un candidato presidencial sea capaz de iniciar un proceso penal y judicializar a una persona simplemente porque manifiesta su disidencia de su proyecto político; tal vez no lo hace de la manera mas diplomática, pero no queda bien visto, que promueva la judicialización de esta manera; menos cuando en la misma audiencia la fiscal manifestó que no había intención de conciliar y que el mismo Fajardo fue enfático en su interés de continuar con el proceso.

*
Carlos Andrés, no sabía que la pena que le podrían imponer fuera a ser hasta de siete años. Este joven actuó impulsivamente y no con la premeditación con que se efectúan toda clase de delitos en Colombia. Si bien es cierto, hubo un agravio en la honra de una persona, es el hecho de que ésta sea una figura pública la que superó la trascendencia del hecho e hizo que la sanción a la conducta de Carlos no fuera solo un reproche de tipo moral o social, sino la imposición de una pena privativa de la libertad.

Creemos que estos hechos no son equiparables y que con la imposición de la pena no se logra una retribución justa: Las penas deben ser moderadas y proporcionadas y en este caso, la pena máxima que se podría imponer no se justifica por la conducta acelerada e inconsciente de este joven disidente.

Qué va a resocializar la cárcel a una persona que sobrevive como artesano y apenas cumple los 19 años, que no tiene una carrera delictiva ni hace parte de ninguna banda criminal, no es la prisión el lugar para redimir las culpas de delitos tan banales. Además, la cárcel tampoco reeduca, más bien es la más avanzada universidad del crimen y la delincuencia.

Sin embargo, bajo irresponsables argumentos de fiscales como “es mejor castigarlo ahora para evitar que lo maten más tarde”, se desarrolla un proceso penal que finaliza en el encierro de personas que no son propensas al crimen y que por el contrario, allá adentro aprenden conductas ilegales que nunca en la calle las hubieran podido aprender con tanta proximidad.

Este sistema penal colombiano parece más un procedimiento que como con “la ley del Talión: ojo por ojo, diente por diente” se funda en desproporcionadas venganzas que no reflejan intereses humanistas que busquen rehabilitar a delincuentes y prevenir delitos.

Por último, consideramos que aquí no hay necesidad de imponer una pena, en primer lugar porque no consideramos ésta una conducta peligrosa, y en segundo lugar, porque Carlos no solo ha sido objeto del derecho penal, sino que ha sido víctima de persecuciones, y señalamientos, además de que los policías que lo aprehendieron ese día lo torturaron, ocasionándole traumas en la cabeza, oreja derecha, manos, pecho, muslos y piernas. ¿Será que aun es necesario castigarlo?, ¿acaso ya no es suficiente para este joven todas las consecuencias que ha tenido que asumir por su actuar vehemente?

Condénanos y repudiamos los procesos de judicialización en contra de la población juvenil, así como la estigmatización de la que son objeto permanentemente por parte de las instituciones del Estado.


RED JUVENIL DE MEDELLÍN.


Tomado de: www.redjuvenil.org

1 comentario:

Grupo de Afinidad Anarquista En Pie De Lucha dijo...

COMPAÑEROS GRACIAS POR EL ARTICULO
NOSOTROS SOMOS COMPAÑEROS DE CARLOS Y SEGUIREMOS EN PIE DE LUCHA CONTRA ESTE SISTEMA DEGRADANTE E INJUSTO
colectivoaaepdl.blogspot.com